Durante un debate de control político a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), el senador Carlos Meisel planteó la necesidad de revisar varios aspectos de la Resolución CREG 101 120 de 2026, mediante la cual se estableció un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de la energía eléctrica ante escenarios de estrechez energética, baja hidrología y riesgo para la confiabilidad del suministro.
La regulación establece un esquema de cobros adicionales para determinados consumos que superen la meta individual fijada para cada usuario y, al mismo tiempo, contempla incentivos para quienes reduzcan su consumo. La CREG señaló que la medida fue adoptada en el contexto de las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño y con el propósito de reducir la demanda regulada de electricidad.
Uno de los planteamientos formulados por Meisel está relacionado con la ampliación del periodo pedagógico. De acuerdo con el senador, los usuarios requieren un plazo mayor para conocer el funcionamiento del mecanismo antes de que los cobros adicionales tengan plena aplicación.
La Resolución 101 120 contempla que el consumo que supere la meta individual, pero no exceda el 110 % de esta, no genera cobro adicional. A partir del consumo excedente sujeto al cobro, se aplican factores diferenciados según el tipo de usuario: 1,30 para residenciales de estratos 1, 2 y 3; 1,50 para estratos 4, 5 y 6, y 1,70 para usuarios comerciales e industriales.
Precisamente sobre este último grupo, el senador solicitó revisar el recargo del 70 % aplicado al consumo excedente de establecimientos comerciales e industriales. Su planteamiento parte de la necesidad de analizar el impacto que puede tener el mecanismo sobre actividades productivas que requieren un mayor consumo de electricidad para desarrollar sus operaciones.
Otro de los puntos expuestos durante el debate corresponde al tratamiento de las denominadas zonas cálidas. Meisel pidió que estas regiones sean consideradas bajo condiciones diferentes frente al esquema general de incentivos y cobros, debido a sus características de consumo energético.
La discusión también incluyó la forma en que se establecen las metas individuales de consumo. La regulación determina que estas se calculan a partir de los consumos promedio diarios registrados durante ciclos completos de lectura de los 12 meses anteriores al inicio del programa.
El cuarto aspecto señalado por el senador estuvo relacionado con el cargo por confiabilidad. Meisel solicitó a la CREG explicar técnicamente de qué manera este componente contribuye a mejorar la prestación del servicio, teniendo en cuenta que representa un costo dentro de la estructura tarifaria.
La aplicación del programa también ha tenido modificaciones posteriores a la expedición de la Resolución 101 120. La Resolución 101 126 de 2026 estableció una nueva fecha de inicio, amplió plazos asociados al seguimiento y determinó que el primer ciclo de lectura facturado tendría carácter pedagógico. Además, excluyó temporalmente del programa a usuarios ubicados en municipios afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.
IFMNoticias